Las personas físicas tienen como fecha límite el 29 de junio para llevar a cabo el pago de utilidades a sus empleados.
Tienen derecho al reparto de utilidades:
- Todos los trabajadores y extrabajadores de planta y eventuales que laboraron al menos 60 días durante el año
- Los considerados en servicio activo
- Trabajadores que tienen incapacidad temporal
- Con licencia de maternidad
Los trabajadores cuentan hasta con un año para solicitar las utilidades.
El reparto de utilidades es el derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtuvo la empresa o empleador el año anterior.
Para determinar el pago de utilidades se toman en cuenta los días trabajados y el monto de salarios percibidos.
El monto total tendrá como límite a repartir tres meses del salario o el promedio de la PTU recibida en los tres últimos años, lo que resulte más favorable al trabajador.
En caso de que los trabajadores no reciban las utilidades en la fecha correspondiente, deben enviar su denuncia al correo inspeccionfederal@stps.gob.mx.