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ÉxodoJuárez

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EL HUBIERA | ¿Lineamientos o una simulación más?

Ago 3, 2023

Inmersos como estamos en la sociedad mexicana, en un proceso pre electoral
sobradamente anticipado por obra y gracia del nuevo régimen político, que decidió que su
“selección” de pretendientes a encabezar la próxima presidencia de la república debían iniciar
como nunca se había realizado, con más de dos años antes de lo que conocemos como pre
campañas. Convertido como lo está, el titular del poder ejecutivo federal en el mariscal de campo
del partido Morena apresuro a quienes él ha llamado las “corcholatas” para que se destaparan
(aunque se nota que desde el inicio hay una predilecta) y esto devino en un ambiente electoral
anticipado; por el lado del frente opositor integrado por el PAN, el PRI y el PRD, perdieron el
tiempo y se relajaron, llevando la delantera la marca guinda, no es sino hasta junio del presente
año que se decidieron a crear el Frente Amplio por México que difícilmente dará alcance en el
tiempo al grupo del oficialismo, han iniciado también un proceso interno simulando como los de
enfrente que solo se obtendrá como producto final un coordinador o coordinadora interna del
frente; como ya es conocido estos procesos internos iniciaron sin reglas o mejor dicho violando
casi todas las reglas electorales.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió una resolución mandatando
a el INE a generar los lineamientos de estos procesos internos (queda la duda si solo se están
emitiendo para generar un proceso a posteriori imparcial, equitativo y transparente, o solo sea
una simulación más “nomas para que no digan que no cumplen con sus obligaciones”); se
emitieron los lineamientos y sobresalen las siguientes reglas: cada “persona inscrita” tendrá un
tope de gasto del proceso de 34 millones 300 mil pesos, los aspirantes de su propio peculio solo
podrán aportar 2 millones 148 mil 166 pesos, lo que podrán aportar simpatizantes y militantes no
será mayor a 537 mil 041 pesos; no podrán provenir apoyos de los poderes ejecutivo, judicial y
legislativo, no podrán aportar los gobiernos estatales, los ayuntamientos, los órganos de la
CDMX, ni entidades y organismos de la administración publica federal, así como no aportaran
personas físicas o morales extranjeras, organismos internacionales, ni personas morales o no
identificadas.
Los servidores públicos podrán participar en los procesos políticos en días inhábiles, su
participación no tendrá elementos electorales o equivalentes y no tendrán una participación activa
y preponderante; los legisladores pueden participar en los eventos en días y horas hábiles
siempre que no se distraigan de sus actividades legislativas que estén bajo su responsabilidad.
El INE durante los procesos políticos en todo momento certificara la propaganda que sea
colocada en la vía pública, en unidades del transporte público, tales como los espectaculares, las
bardas, las redes sociales y en caso de incumplimiento se ordenara su inmediato retiro; la
propaganda deberá colocarse invariablemente en inmuebles que sean de propiedad privada,
deberá obtenerse previamente la autorización por escrito del propietario; no deberá colocarse
propaganda en los elementos del equipamiento urbano, en carreteras, en vías férreas, no
deberán utilizarse monumentos ni edificios públicos; no deberán obstruir de ninguna forma los
señalamientos que utilizan las personas para orientarse y transitar dentro de los centros de
población; toda propaganda utilitaria, viáticos, logística, transporte, sueldos de personal de apoyo,
propaganda en vía pública, internet, medios de comunicación o cines se contabilizara como
gasto.
Las personas inscritas que omitan presentar sus informes de gastos e ingresos al partido
que conduce el proceso político respectivo o al comité designado para tal efecto, se sancionará
de acuerdo al articulo 456 de la LGIPE que podrá ser desde una amonestación pública, hasta la

pérdida del derecho de la persona inscrita para ser registrada como candidato(a) y en su caso si
ya esta hecho el registro con la cancelación del mismo.
Personas físicas o morales que difundan encuestas o sondeos sobre los procesos políticos
deberán presentar al INE un informe que contenga la metodología, costos, responsables y los
resultados de las encuestas o sondeos. Los legisladores inscritos no están obligados a solicitar
licencia; desde el Presidente de la República hasta cualquier funcionario público no podrán
manifestarse a favor o en contra de persona inscrita alguna.
Estas son algunas de las reglas mas significativas que contienen los lineamientos
(esperamos no sea una simulación) ojala y sirvan para evitar se sigan vulnerando aún más las
leyes electorales, con estos procesos políticos eufemísticos y adelantados, la credibilidad del
TEPJF y del INE están en la mira de una gran mayoría de los electores, en el conjunto de
magistrados y consejeros está en cumplir el mandato que les fue otorgado, “en ellos esta, que
este singular proceso electoral 2024, pase esta gran prueba del ácido”

Frase para reflexionar:
“Existe una simulación de la inteligencia, como hay una simulación de la virtud”
Remy de Gourmont, novelista francés (1858-1915)