Este 28 de mayo el Diario Oficial de la Federación (DOF) divulgó el Acuerdo donde el Consejo Técnico del IMSS aprobó las ‘reglas de carácter general para la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social de las personas trabajadoras independientes o por cuenta propia’.
Mañana 29 de mayo entran en vigor las reglas. Hasta la fecha ha estado vigente la afiliación al IMSS de ‘personas trabajadoras independientes’ (PTI) como una “prueba piloto” de “esquema simplificado”.
Con la entrada en vigor de las reglas, mañana los trabajadores independientes que estaban en piloto seguirán gozando con sus mismas prestaciones, solo que ahora de manera formal y reglamentada.
¿Cómo me registro?
- Puedes hacer la incorporación voluntaria en la página oficial: https://adodigital.imss.gob.mx/pti/inicio
¿Para quién aplica?
Aplica para los trabajadores independientes que no tienen un patrón, ya sean ‘freelancers’, profesionales independientes, comerciantes pequeños, artesanos, entre otros no asalariados.
Beneficios.
Así pueden hacer sus aportaciones al IMSS y gozar de los servicios de la seguridad social, incluyendo atención médica, incapacidades, pensión, fondo para el retiro, velatorios, guarderías y demás.
También pueden registrar como beneficiarios a su cónyuge (esposa/o) o concubina(rio); hijos; padre y madre.
Incluye el derecho al Infonavit, a poder hacer aportaciones para obtener vivienda y sus beneficios.
¿Qué dicen las reglas?
Detalla cómo queda la afiliación de PTI, cómo tramitar su Número de Seguridad Social (NSS), la documentación necesaria, cálculo de cuotas, pago de cuotas hasta el día 20 del mes calendario según el periodo que escojan para pagar, incorporación colectiva, entre otros.
Asimismo establece que los mexicanos en el extranjero pueden afiliarse al IMSS con sus beneficiarios como PTI; de igual modo aplica para los extranjeros que están en México.
Aquí puede ver las reglas completas: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5728817&fecha=28/05/2024#gsc.tab=0